Última actualización: agosto de 2026 

El ingreso, uso y contratación de los servicios provistos a través del sitio web oficial de PRISMA Soluciones Digitales, así como la contratación de cualquiera de sus planes cerrados o módulos operativos individuales, se rige obligatoriamente bajo los siguientes términos y condiciones de carácter contractual: 

  1. NATURALEZA DEL SERVICIO (ALIANZA OPERATIVA Y DELIMITACIÓN TÉCNICA)
  • Nexo Operativo: El Cliente reconoce explícitamente que PRISMA presta un servicio de soporte administrativo, gestión operativa de procesos de oficina, procesamiento documental de fondo y conciliación documental externa en la nube. 
  • Exclusión de Firma Técnico-Impositiva: PRISMA no es un estudio contable, no realiza asesoramiento impositivo personalizado de fondo, ni confecciona ni presenta declaraciones juradas impositivas anuales o mensuales que requieran la firma o aval de un Contador Público Matriculado local. El rol de PRISMA es actuar como el nexo operativo perfecto que procesa, clasifica, digitaliza y limpia la documentación para facilitar la tarea del estudio contable o contador de cabecera contratado de forma externa por el Cliente. 
  • Liquidaciones Sujetas a Revisión: Los módulos vinculados a Ingresos Brutos (ARBA) y la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene (Módulo Municipal Comercial) serán procesados por PRISMA estrictamente después de que el profesional contable de cabecera de “El Cliente” emita, realice y valide la correspondiente liquidación técnica. 
  • Ausencia de Responsabilidad: PRISMA no asume responsabilidad alguna por multas, recargos, desvíos fiscales o sanciones derivadas de errores de cálculo, criterios impositivos incorrectos aplicados por el contador de “El Cliente” o demoras operativas ajenas a su control directo. 
  1. CANALES OFICIALES, SUMINISTRO DE INFORMACIÓN Y PLAZOS
  • Canales Oficiales de Clientes y Contadores: La comunicación técnica, operativa, consultas y notificaciones formales entre “El Cliente”, sus respectivos estudios contables y PRISMA se realizarán de manera exclusiva a través del correo institucional: contacto@prismasolucionesdigitales.com. 
  • Recepción Documental de Proveedores: Toda la documentación emitida por proveedores de “El Cliente” (incluyendo facturas, notas de débito y notas de crédito) deberá centralizarse obligatoriamente en la dirección dedicada: administracion@prismasolucionesdigitales.com. PRISMA no procesará bajo ningún concepto comprobantes enviados a otras cuentas o canales de mensajería instantánea. 
  • Responsabilidad de la Información: El Cliente es el único responsable de la veracidad, exactitud, legitimidad y legalidad de la información, facturas de compras, datos de facturación y datos de proveedores que proporciona a PRISMA para su procesamiento. El Cliente declara bajo juramento que toda la información suministrada es fidedigna. 
  • Fechas de Corte Obligatorias: Para garantizar el armado, balance y entrega contable de la planilla mensual limpia dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes (con la correspondiente actualización de retenciones el día 15), se establece un período de cierre digital estricto el día 28 de cada mes (o día 29 en caso de años bisiestos para el período de febrero). 
  • Comprobantes de Venta: ”El Cliente” debe emitir o reportar la totalidad de sus ventas mensuales antes de la fecha de corte establecida. Esta obligación queda totalmente desestimadaúnicamente si el Cliente tiene contratado de forma activa el Módulo de Emisión de Facturas de Venta con PRISMA. 
  • Comprobantes de Proveedores: Es responsabilidad de “El Cliente” instruir a sus proveedores para que remitan toda la documentación pertinente a la casilla dedicada antes de la fecha de corte establecida. Todo comprobante de compras o gastos que sea enviado de forma tardía por los proveedores será procesado e integrado de forma automática en el período operativo del mes subsiguiente. Esta condición queda totalmente desestimada si el Cliente tiene contratado el Módulo de Gestión de Proveedores con PRISMA, en cuyo caso PRISMA asume el reclamo activo y la gestión directa dentro del período. 
  1. CONDICIONES DE CONTRATACIÓN, LÍMITES DE ESCALA Y DESVÍOS
  • Vigencia del Plan: La tarifa de los planes cerrados (Básico, Medio, Completo) cubre exclusivamente las cantidades máximas de comprobantes, facturas emitidas o proveedores estipulados en la matriz de servicios de cada nivel. 
  • Auditoría de Volúmenes: PRISMA monitorea mensualmente los volúmenes de procesamiento documental. Si “El Cliente” supera los límites de su plan durante dos meses consecutivos, será migrado automáticamente al nivel simétrico superior inmediato o se le aplicarán los valores de los Módulos Individuales Premium de forma retroactiva. 
  • Contratación Mínima “A la Carta”: La modalidad personalizada fuera de los planes cerrados (módulos sueltos) requiere una base mínima de contratación de dos (2) módulos individuales activos para la apertura, alta operativa y mantenimiento de la cuenta dentro del sistema corporativo. 
  1. MODALIDAD DE ABONO, RÉGIMEN DE PAGO E INCUMPLIMIENTO
  • Vencimientos: Los servicios se contratan bajo una modalidad de abono mensual flexible y se cancelan por mes adelantado dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada período mensual a través de los canales de transferencia digital indicados por PRISMA. 
  • Moneda de Pago y Cotización: Las tarifas vigentes están fijadas en Euros (€) como moneda de referencia internacional. Los valores informados en Pesos Argentinos (ARS) son de carácter meramente informativo y se ajustarán estrictamente al momento de la facturación según la cotización del mercado financiero libre del día de cobro. 
  • Cláusula de Ajuste por Inflación (Precios en ARS): Las tarifas expresadas en Pesos Argentinos (ARS) se actualizarán de forma trimestral. El ajuste se aplicará de manera automática cada tres (3) meses calendario, tomando como referencia directa el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado publicado por el INDEC para dicho período. Las tarifas base en Euros (€) permanecerán estables salvo acuerdo expreso entre las partes. 
  • Suspensión Automática por Mora: La falta de pago al día 10 del mes en curso facultará a PRISMA a suspender de forma automática el acceso a las plataformas en la nube, la emisión de comprobantes, el procesamiento de facturas, el envío de reportes semanales y la carpeta corporativa de Google Drive, sin necesidad de notificación previa y eximiéndose de cualquier perjuicio o inconveniente que dicha interrupción le pueda ocasionar al Cliente. 
  1. CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y SEGURIDAD DIGITAL
  • Secreto Profesional: Ambas partes se obligan a mantener estricta reserva y confidencialidad sobre toda la información comercial, financiera, de bases de datos, claves fiscales o contraseñas a las que tengan acceso durante la vigencia de la prestación del servicio. 
  • Seguridad de la Información: PRISMA implementará medidas razonables de seguridad para el resguardo de la documentación organizada y digitalizada en la carpeta corporativa de Google Drive. No obstante, “El Cliente” es responsable exclusivo de la custodia, seguridad y no divulgación de su Clave Fiscal y accesos principales. 
  1. AUSENCIA DE PERMANENCIA Y RESCISIÓN DEL VÍNCULO COMERCIAL
  • Política de Libertad Comercial: PRISMA opera bajo una política de transparencia y libertad comercial. No existen contratos de permanencia obligatorios a largo plazo. 
  • Aviso Previo de Rescisión: Cualquiera de las dos partes podrá dar de baja, rescindir o pausar el servicio administrativo mensual notificándolo por escrito (vía correo electrónico oficial o WhatsApp Business corporativo) con una antelación mínima de quince (15) días previos al cierre del mes en curso, sin que esto genere penalizaciones ni deudas cruzadas. 
  • Liquidación Final: En caso de rescisión, “El Cliente” deberá abonar proporcionalmente los días del período en curso y PRISMA garantizará la entrega final de la planilla contable limpia y el acceso irrestricto a los archivos históricos resguardados en la nube hasta la fecha de corte efectiva. 
  1. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Para todas las cuestiones derivadas de la interpretación, cumplimiento o ejecución de las obligaciones contraídas a través de estos términos, las partes acuerdan intentar una resolución de mutuo acuerdo y de buena fe por medios digitales, bajo los estándares comerciales de la Unión Europea y las normativas aplicables de servicios de asistencia digital internacional.